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¿Vigilará y grabará el Tribunal Supremo de Cuba las llamadas y mensajes de los cubanos?

Foto: Cuba Noticias 360

Texto: Fede Gallardo

Una supuesta información sobre el monitoreo, vigilancia y grabaciones por parte del Tribunal Supremo Popular (TSP) de todas las llamadas y mensajería de los cubanos circuló recientemente por varios canales en redes sociales.

Ante esta situación, el organismo emitió un comunicado en medios de prensa estatales para asegurar que esta información es “totalmente falsa, y su contenido está plagado de mentiras y embustes malintencionados”.

El texto insiste que “con frecuencia circulan en las redes sociales noticias falsas, las cuales están “dirigidas a desorientar, crear inseguridad y malestar en sus destinatarios; con la pretensión, además, de desacreditar públicamente la actuación oficial de instituciones estatales”.

Además, el TSP solicitó a los ciudadanos a no hacerse eco de estas informaciones y de “informarse siempre mediante los perfiles y canales institucionales, donde podrá documentarse, fehacientemente, sobre la labor y las atribuciones que atañen al Tribunal Supremo Popular y demás tribunales del país”.

La noticia divulgada en redes sociales aseguraba que “debido a las circunstancias que vive nuestro país (CUBA) a partir de mañana aparecerán nuevas normas de comunicación regidas por el Tribunal Supremo”.

Según se constató, las supuestas normas incluían la grabación de todas las llamadas telefónicas, así como los mensajes y llamadas de Whatsapp. Además, el monitoreo “de todas las redes sociales y foros”, haciendo especial hincapié en Facebook y X.

“Dile a los que no saben q en el país comenzará un nuevo orden judicial amparado por el decreto ley 346 artículo 2607 inciso D”, rezaba el texto.

El mensaje divulgado también sugería tener “cuidado de no enviar mensajes innecesarios o información que sea contraria a las leyes y la moral de nuestros órganos de justicia y principios revolucionarios (…) Cualquier cosa que escribas o digas puede usarse en tu contra, ¡incluso cualquier broma!”.

Tras varios días circulando el mensaje, un usuario en Facebook recordó que el pasado año, el propio TSP había advertido de este bulo, el cual estaba amparado en el Decreto Ley 346, artículo 2607; “cuando, realmente, la única normativa de ese tipo con esa numeración se refiere al Presupuesto del Estado en el año 2017”.

La explicación del organismo refería, además, que “dicho documento legal contiene un artículo único, que dispone hacer modificaciones al artículo 8, Apartado 2, primer párrafo, de la Ley No. 122 “Del Presupuesto del Estado para el año 2017, de 27 de diciembre de 2016”.

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