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Gobierno cubano podría encarcelar nuevamente a los reclusos liberados

Texto: Redacción Cuba Noticias 360

Foto: Shutterstock (Imagen Ilustrativa)

Tras el anuncio de la liberación de más de 500 prisioneros cubanos «en el espíritu del Jubileo Ordinario de 2025» y no en coincidencia con que Biden eliminara a Cuba de su lista de países patrocinadores del terrorismo, el Gobierno cubano lanza una alerta: estos podrían regresar a las cárceles de incumplir algunos requisitos.

El fundamento de este anuncio se basa, según el Tribunal Supremo, en que el principio por el que fueron liberados se centra en un beneficio de excarcelación anticipada y no en una amnistía o indulto que sí contempla la extinción total de la sanción.

De esta forma, si alguno de los 553 liberados (que precisaron será un proceso gradual) incumple los requisitos que establece el Tribunal, alguna obligación fijada como la responsabilidad civil o es reincidente en un hecho penal, puede regresar a la prisión a cumplir los términos de la sentencia en régimen interno.

Estas personas quedan sujetas al juez de ejecución, a la policía y a los grupos de prevención, en los mismos términos de quienes se les concede la libertad condicional.

Destaca que dentro de los delitos cometidos por los sancionados liberados se encuentran el hurto, robo con fuerza, amenazas, lesiones, desórdenes y la sedición; aunque el gobierno cubano no reconoció la presencia de presos políticos.

En este caso, justificaron en que «la sedición no es un delito político sino contra el orden constitucional cubano, la seguridad y la estabilidad de la nación», obviando así que fue ese delito por lo que juzgaron a los manifestantes de las protestas antigubernamentales del 11 de julio de 2021.

Para tener el beneficio de excarcelación, se analizan los casos al tercio del cumplimiento de la sanción en caso de ser mujer o cuando cometió el delito y comenzó a cumplir la sanción de privación de libertad o de trabajo correccional con internamiento tenía menos de 20 años.

También lo contempla en mitad de sanción para los que tienen primera sanción y no son menores de 20 o mujeres; y las dos terceras partes para los que tienen más de un antecedente penal.

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