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Comercialización mayorista de Mipymes privadas solo será a través del Gobierno

Foto: Flickr

Texto: Redacción Cuba Noticias 360

Continúa en Cuba el control hacia las Mipymes privadas y, muestra de ello, es la nueva resolución del Ministerio de Comercio Interior que regula las formas de comercialización mayorista de estas formas de gestión no estatal.

Lo primero que destaca es que –desde este mismo jueves– las Mipymes y las cooperativas no agropecuarias deberán realizar de forma directa la comercialización a entidades estatales o a través de las mayoristas del Gobierno.

Según el Mincin, «se otorga un plazo de 90 días hábiles para que las Mipymes y CNA cuya actividad principal sea la comercialización mayorista ratifiquen que continuarán realizando esta con la participación de entidades estatales; para ejercerla actualizan su objeto social y licencia comercial, un proceso que se hará de forma expedita para estos actores». 

De este aspecto surgen varias preocupaciones: los conocidos impagos del propio Gobierno ya sea por la falta de liquidez o de créditos, la falta de combustible para gestionar una correcta logística de los productos o la probabilidad de que, con todo su derecho, estas formas de gestión cambien su forma de comercialización a minorista, aunque ello le pueda representar algún tipo de pérdida.

En caso de esto último, disponen de un plazo máximo de hasta 120 días hábiles, después de la puesta en vigor de la Resolución para liquidar sus inventarios con este fin y pueden continuar la comercialización minorista, si la poseen definida en su objeto social y cuenta con licencia comercial.

Destaca también que el Registro Central Comercial cancelará de oficio las licencias comerciales para ejercer la actividad mayorista que la tienen aprobada en su objeto social como actividad secundaria, además de hacerlo –de oficio– la inscripción de la actividad de comercio mayorista de bienes nacionales o importados a los trabajadores por cuenta propia.

En el caso de las Mipymes, CNA o los propios trabajadores por cuenta propia que sean productores que desarrollen la producción como actividad principal tendrán que ajustarse solo a esta para la comercialización mayorista y para los productos agropecuarios su comercialización se mantendrá de acuerdo con lo establecido.

El Mincin justificó la medida con que «el comercio mayorista con la participación de entidades estatales o a través de las comercializadoras mayoristas estatales, permite a los actores económicos no estatales utilizar infraestructura, transporte y experiencia comercial».

Lo cierto es que el Gobierno está más que buscando, asegurando una vía para poder hacerse de mercancías ante la carencia generalizada que vive el comercio interior en el país; el problema, es que lo hacen a expensas de los demás sin poder gestionar nada por sí solos.

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