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¡Habrá Paquete Semanal!: Gobierno asegura ahora que no se prohíbe

Foto: RL Hevia

Texto: Fede Gayardo

La prohibición del Paquete Semanal, incluida supuestamente en el Decreto 107 de 2024, fue repudiada por muchos cubanos durante las recientes jornadas. La noticia circuló en casi todos los medios no estatales y las redes sociales, donde los de la isla rechazaban que se les prohibiera su mayor fuente de entretenimiento y distracción.

Ahora, las autoridades decidieron utilizar los medios estatales para asegurar que la publicación del mencionado decreto “De las actividades no autorizadas a ejercerse por las micro, pequeñas y medianas empresas privadas, cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia”, específicamente su acápite 61 de la sección I: Información, comunicación y telecomunicaciones, no impide la distribución del Paquete.

Así lo afirmó a Cubadebate Ernesto Vila González, director del Centro Nacional de Derecho de Autor y del Artista Intérprete: “Las normas publicadas no impiden que esta actividad se pueda ejercer”. 

Según explicó, las mencionadas regulaciones “se refieren a la exhibición cinematográfica en un espacio público, y lo que implica la actualización es que no se permite hacerlo en medios digitales a través de soportes informáticos”.

Por tanto, la copia de un disco duro o memoria flash a otro dispositivo, “con destino al consumo cultural personal o familiar, no se considera una exhibición, sino una reproducción”.

En el caso de la exhibición cinematográfica en espacios públicos, que sí quedó prohibida, solo debe ser ejercida por instituciones estatales, sea en soporte digital o analógico y está regulada desde el 2021 como parte del Decreto 49, derogado ahora por el Decreto 107 de 2024.

Vila González mencionó dentro de las actividades para el ejercicio por cuenta propia, la relacionada en un principio con la venta de discos que por razones tecnológicas fue migrando a otros soportes como el USB. 

“Quienes cuenten con la licencia de autorización, lo pueden seguir haciendo, siempre y cuando cumplan con los requisitos que la propia norma instrumenta”, afirmó el directivo.

Para ello, uno de los requisitos es la vinculación de los TCP mediante un contrato con la Agencia de Creadores Dramáticos, Musicales y Audiovisuales (Acdam).

“Los TCP hacen un pago mensual para la remuneración a los creadores que están incluidos en esos materiales que se intercambian. Esta agencia cuenta con una red territorial que alcanza todo el país, encargada de establecer la relación con estos actores económicos”, explicó más adelante Vila González.

No obstante, aclaró, que este requisito de vincularse a la Acdam “no se aplica para el intercambio de materiales audiovisuales mediante memorias y otros dispositivos informáticos, sin fines lucrativos, entre personas”.

Por último, y para alegría de muchos, el experto significó que “las nuevas normativas no prohíben la circulación de material audiovisual ni el ejercicio de esta actividad por cuenta propia, siempre y cuando quienes la ejercen cuenten con el autorizo y cumplan con lo establecido en la Ley de los Derechos del Autor y del Artista Intérprete”.

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